Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 7/2006. PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO.
Fecha: 25-Sep-2002
Décimo Cuarto El Ministerio Público No Formuló Pedimento Alguno En Relación Con El Presente Asunto
DÉCIMO QUINTO. De conformidad con lo dispuesto en la fracción III, segundo párrafo del artículo 182 de la Ley de Amparo, el Ministro ponente solicitó autorización al Pleno de este Alto Tribunal para ampliar el plazo de treinta días para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente, dada la complejidad del mismo.
A la anterior solicitud, recayó el acuerdo de primero de marzo de dos mil siete, emitido por el Ministro presidente de esta Suprema Corte, en virtud del cual se da cuenta que el Tribunal Pleno autorizó, en sesión privada de veintiséis de febrero del año en curso, ampliar el término para la elaboración del proyecto de resolución en el presente asunto por cuarenta y cinco días.
- Secretaria María Amparo Hernández Chong Cuy
- Resultando
- Décimo Cuarto El Ministerio Público No Formuló Pedimento Alguno En Relación Con El Presente Asunto
- Considerando
- I Las Impugnaciones En Las Elecciones Federales De Diputados Y Senadores
- Ix Las Demás Que Señale La Ley
- I Por Leyes O Actos De La Autoridad Que Viole Las Garantías Individuales
- Vii Contra Las Resoluciones O Declaraciones De Los Organismos Y Autoridades En Materia Electoral
- Capítulo De Procedencia De La Demanda De Amparo Del Partido Verde
- Noveno Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito
- I Por Leyes O Actos De La Autoridad Que Violen Las Garantías Individuales
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- Quinta Época
- Amparo En Revisión Alcocer Antonio Y Coag De Junio De Mayoría De Siete Votos
- Amparo En Revisión Guerra Alvarado José De Diciembre De Mayoría De Ocho Votos
- Visible En El Apéndice De Quinta Época Pleno Tomo Vi Parte Scjn Tesis Página
- C Posibilitar A Los Ciudadanos El Acceso Al Poder
- H Los Cómputos En Los Términos Que Señala La Ley
- K La Regulación De Observación Electoral
- Las Impugnaciones En Las Elecciones Federales De Diputados Y Senadores
- La Determinación E Imposición De Sanciones En La Materia
- Vii Contra Resoluciones O Declaraciones De Los Organismos Y Autoridades En Materia Electoral
- Materias Administrativa
- Materias Común
- Materias Constitucional
- Materias Constitucional Administrativa
- Apéndice Tomo Vi Primera Parte Tesis Página
- Página
- Evolución Competencial De La Jurisdicción Electoral Federal
- El Objeto De La Injerencia Jurisdiccional
- La Evolución En Las Fórmulas Para La Integración Del Órgano Jurisdiccional
- La Evolución De Su Forma De Funcionamiento
- Y Por Lo Que Hace Al Cuerpo De Jueces Instructores Se Dijo Que
- La Progresividad En La Obtención Del Carácter Terminal
- Se Resuelve
- El Texto Del Artículo Hasta Entonces Vigente Decía
- Los Subrayados Y Negritas Que Aparecen A Lo Largo De Esta Cita Obran Así En El Original
- Por Mencionar Algunos Véase Por Ejemplo
- Texto Del Artículo Entonces Vigente
- La Referida Fracción Establece
- B Respecto De Los Recursos De Queja
- Artículo
- Artículo Fracción Ii
- El Artículo Disponía
- Así Se Establecía En El Artículo Que En Su Parte Conducente Decía
- Las Propuestas Señalarán Los Candidatos Para Cada Sala
- A Su Vez El Artículo En Las Porciones Remitidas Establecía
- Véase Dictamen De Las Comisiones Unidas De La Cámara Revisora
- El Artículo Establecía
- En Caso De Elecciones Extraordinarias Se Estará A Lo Dispuesto En La Convocatoria Respectiva
- Los Jueces Instructores Tendrán A Su Cargo
- B Determinar La Acumulación En Los Casos Que Proceda Y
- La Sala Central Tendrá Competencia Para
- F Elaborar El Reglamento Interior Del Tribunal Federal Electoral
- Las Salas Regionales Tendrán Competencia Para
- Véase Texto Reformado Del Artículo Constitucional
- Algunas De Las Tesis Más Recientes Que Reiteran Este Criterio Son
- Al Respecto Pueden Verse Los Acuerdos Generales
- En Alusión A La Terminología De Sartori Giovanni Sobre La Ingeniería De La Constitución