AMPARO DIRECTO 160/2012. 5 DE JULIO DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS EN CUANTO AL SENTIDO DEL ASUNTO Y MAYORÍA EN RELACIÓN CON EL TEMA DE LA TESIS, CON VOTO ACLARATORIO DEL MAGISTRADO HÉCTOR LANDA RAZO. PONENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. SECRETA
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 160/2012. 5 DE JULIO DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS EN CUANTO AL SENTIDO DEL ASUNTO Y MAYORÍA EN RELACIÓN CON EL TEMA DE LA TESIS, CON VOTO ACLARATORIO DEL MAGISTRADO HÉCTOR LANDA RAZO. PONENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. SECRETA

Fecha: 05-Jul-2012

La Patronal Negó La Procedencia De La Aludida Prestación Al Efecto Adujo Lo Siguiente

"H) Se niega el derecho para reclamar la correlativa, ya que los actores durante el tiempo que ha durado su relación laboral con mi representado, se han encontrado inscritos en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, tal y como queda acreditado con los documentos que los propios actores aportan como pruebas, y dentro de sus prestaciones se encuentra la del fondo de vivienda, por lo que si los actores quieren tener acceso a él, deben acudir a dicha institución a solicitarlo y acreditar ante ésta que reúnen los requisitos que la ley de dicho instituto establece para otorgarlos, y como se desprende, esta prestación no es exigible al INEGI, además que éste solamente paga las aportaciones de sus trabajadores en activo, y en el presente caso algunos de los actores (ya señalados en el capítulo de excepciones) ya no laboran en este instituto, por lo que no pueden reclamarla, y menos aún en forma retroactiva, ya que de ninguna manera procede su pago."