CONTRADICCIÓN DE TESIS 36/2019. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEGUNDO, EL OCTAVO, EL DÉCIMO SEGUNDO Y EL DÉCIMO NOVENO TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 11 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: MARÍA GUADALUPE MOLINA C
Fecha: 20-Ene-2023
En La Parte Que Interesa La Ejecutoria Dice Lo Siguiente
"Luego, resulta claro que el acto en virtud del cual el patrón retiene por vez primera el impuesto sobre la renta causado por el o los conceptos que prevé la norma que el trabajador tilda de inconstitucional, debe considerarse como el primer acto de aplicación de la misma, para efectos de la procedencia del juicio de amparo; sin embargo, es menester precisar que no basta con tener por acreditado ese solo hecho para tener por consentida la norma en caso de que no se haya impugnado dentro de los quince días siguiente al en que se verificó la retención de mérito, sino que, además, debe encontrarse plenamente demostrado a partir de qué momento el quejoso (trabajador) tuvo pleno conocimiento de dicho acto.
"...
"Del análisis armónico de los numerales antes transcritos, claramente se advierte que los patrones tienen el carácter de auxiliares en la administración pública federal en la recaudación del impuesto sobre la renta a cargo de sus trabajadores, dado que tienen la obligación de retener el causado por alguno o algunos de los conceptos que el citado ordenamiento legal prevé como ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, al momento de efectuar el pago correspondiente, así como hacer enteros mensuales y realizar cálculo del impuesto anual a cargo de cada uno de sus empleados, habida cuenta que son considerados como responsables solidarios de éstos hasta por el monto del tributo en comento.
"Luego, resulta claro que el acto en virtud del cual el patrón retiene por vez primera el impuesto sobre la renta causado por el o los conceptos que prevé la norma que el trabajador tilda de inconstitucional, debe considerarse como el primer acto de aplicación de la misma, para efectos de la procedencia del juicio de amparo; sin embargo, es menester precisar que no basta con tener por acreditado ese solo hecho para tener por consentida la norma en caso de que no se haya impugnado dentro de los quince días siguientes al en que se verificó la retención de mérito, sino que, además, debe encontrarse plenamente demostrado a partir de qué momento el quejoso (trabajador) tuvo pleno conocimiento de dicho acto.
- Considerando
- Segundo Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito
- Octavo Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito
- Decimonoveno Sic Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito
- Se Trata De Recursos De Revisión Derivados De Juicios De Amparo Indirecto Contra Normas Generales
- Se Dejaran Sin Efectos Los Oficios Reclamados Y En Su Lugar Se Emitieran Otros En Los Que
- En Caso De Existir Diferencias Se Pagaran A Los Quejosos
- Con Base En Lo Anterior Ese Órgano Jurisdiccional Negó El Amparo Solicitado
- A Que Al Resolver Los Negocios Jurídicos Se Examinen Cuestiones Jurídicas Esencialmente Iguales
- C Que Los Distintos Criterios Provengan Del Examen De Los Mismos Elementos
- Así El Primer Punto Versa Sobre Si Se Actualizan O No Las Causas De Sobreseimiento Referidas
- No Fueran Aplicados Dichos Lineamientos Hasta En Tanto Sean Reformados
- En Cuanto A La Procedencia
- Artículo Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite
- Artículo El Amparo Indirecto Procede
- Para Los Efectos De Esta Ley Se Entiende Por Normas Generales Entre Otras Las Siguientes
- G Los Decretos Acuerdos Y Todo Tipo De Resoluciones De Observancia General
- Artículo El Juicio De Amparo Directo Procede
- Sextoestudio Del Primer Punto De Contradicción
- En La Parte Que Interesa La Ejecutoria Dice Lo Siguiente
- Se Transcribe
- La Ejecutoria En Comentario Dio Origen A La Jurisprudencia Aj Que Dice Lo Siguiente
- Los Recursos Se Encuentran A Disposición Del Contribuyente Y
- Lo Anterior No Sucede En El Caso Del Pago De Aguinaldo
- La Tesis Arriba Citada Dice
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- Artículo El Sobreseimiento En El Juicio De Amparo Procede Cuando
- Novenoestudio Del Segundo Punto De Contradicción
- Para Ello Amerita Hacer Algunas Consideraciones Generales En Torno A La Figura De La Prescripción
- Se Trata Pues De Una Acción O Excepción Ordinaria Que Tiene Por Objeto La Extinción De Derechos
- Ilustran Al Respecto Los Criterios Que A Continuación Se Transcriben
- Además Y Sobre Todo Porque Como Ya Se Ha Explicado Ese Estudio Excede La Litis Constitucional
- Artículo Los Efectos De La Concesión Del Amparo Serán
- La Inaplicación De La Norma General Declarada Violatoria Del Orden Constitucional
- En Su Caso El Pago De Diferencias
- Como Conclusiones Finales Este Pleno Jurisdiccional Determina Que
- Primeroexiste La Contradicción De Tesis Planteada
- Foja Del Juicio Remitido
- Artículo El Plazo Para Presentar La Demanda De Amparo Es De Quince Días Salvo
- Artículo De La Carta Magna En Relación Con El Numeral Fracción I De La Ley De Amparo