SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2002

Fecha: 21-Oct-2002

I.1.6.

I.1.6. Expresa que “la inconstitucionalidad de esta Resolución 08/2002, se basa en una simple nota de la Corte Nacional Electoral y no en una ley expresa -ya que no tienen facultad para dictar reglamentos como el aprobado-” (sic),  pues según el art. 29 de la Ley 1984, es competencia de la Corte Nacional Electoral aprobar sus reglamentos internos, motivo por el que el reglamento de la Corte Departamental Electoral de La Paz Sala  Provincias es inconstitucional, ya que, a más, se  apoya en los arts. 11 y 13 CE que no le reconocen  potestad para aprobar reglamentos al aludido Código.