SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 88/2002

Fecha: 21-Oct-2002

II.14.

En el caso de autos, en el marco del examen efectuado en el presente fallo, se concluye que las Resoluciones 040/2002, de 6 de marzo, y 008/2002, de 4 de marzo, dictadas por la Corte Nacional Electoral y por la Corte Departamental Electoral de la Paz Sala Murillo, no son contrarias per se a la Ley Fundamental del país; empero, el párrafo segundo del artículo segundo del Procedimiento para la Habilitación y Extensión de Credenciales a Concejales y Agentes Cantonales, aprobado por la última de las Resoluciones indicadas, infringe lo dispuesto por el art. 59-1ª CPE al modificar lo dispuesto por el art. 113-d) CE, según lo expuesto en esta Sentencia.