SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

2.

2. Proceso ejecutivo interpuesto el 6 de enero de 2006, contra Felipe Gonzáles Palomino y otros, demandando el pago de $us2 019,56.- (dos mil diecinueve 00/56 dólares estadounidenses), que fue tramitado en el Juzgado Primero de Instrucción Mixto de Camiri del Distrito Judicial de Santa Cruz, emitiéndose el Auto de intimación de pago y notificándose a las partes, quedó paralizado. Posteriormente, por memorial de 21 de marzo del referido año, el abogado patrocinante Carlos Orlando Peredo Ardaya, solicitó regulación de honorarios profesionales, los que fueron regulados mediante Auto 81 de 23 del mismo mes y año, estableciendo el monto de Bs3 000.- (tres mil bolivianos) y el 4% de la cuantía equivalente a $us80,78.- (ochenta 00/78 dólares estadounidenses), sin que se hubiera corrido traslado a “F.F.P. PRODEM S.A.”, omitiendo el juramento de ley que debía prestar el abogado, no obstante que el proceso no concluyó, ni se recuperó el capital demandado, menos los intereses y otros conceptos, por lo que se interpuso recurso de apelación adjuntando la iguala profesional suscrita entre el nombrado abogado y dicha entidad que tiene fuerza de ley entre partes, expresándose agravios por no haberse regulado los honorarios conforme a los arts. 77 y 80 de la LA, habiéndose pronunciado la Resolución 11 de 24 de julio del referido año, emitida por el Juez Primero de Partido, por la cual confirmó en todas sus partes el Auto impugnado.