SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

7.

7. Demanda ejecutiva presentada el 17 de enero de 2005, contra Miguel Offman Galarza Lora y otros, reclamando el pago de $us2 429,68.- (dos mil cuatrocientos veintiocho 00/69 dólares estadounidenses), dentro de la cual la Jueza Segunda de Instrucción de Camiri del Distrito Judicial de Santa Cruz, emitió el Auto de intimación de pago, quedándose paralizado el proceso, hasta que el abogado patrocinante Carlos Orlando Peredo Ardaya, por memorial presentado el 21 de marzo de 2006, solicitó regulación de honorarios profesionales, los que fueron regulados mediante Auto de 10 de abril del referido año, que estableció la suma de Bs3 000.- (tres mil bolivianos) y el 6% de la cuantía equivalente a $us145,78.- (ciento cuarenta y cinco 00/78 dólares estadounidenses), sin que se hubiera corrido traslado a “F.F.P. PRODEM S.A.”, omitiendo el juramento de ley que debía prestar el abogado, no obstante que el proceso no concluyó, ni se recuperó el capital demandado, menos los intereses y otros conceptos, por lo que se interpuso recurso de apelación adjuntando la iguala profesional suscrita entre el nombrado abogado y “F.F.P. PRODEM S.A.”, que tiene fuerza de ley entre partes, expresándose agravios por no haberse regulado los honorarios conforme a los arts. 77 y 80 de la LA, habiéndose pronunciado la Resolución 14 de 24 de julio de 2006, que confirmó en todas sus partes el Auto impugnado.