SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

II.8.

II.8.  En el proceso ejecutivo seguido por “F.F.P. PRODEM S.A.” contra Miguel Offman Galarza Lora y otros, por el cobro de $us2 429,68.-, en cuya demanda se hizo constar que se someterían a la iguala suscrita, la Jueza Segunda de Instrucción de Camiri, mediante Auto de 10 de abril de 2006, reguló honorarios profesionales a favor de Carlos Orlando Peredo Ardaya, en el monto de Bs3000.- y el 6% de la cuantía equivalente a $us145,78.-, con cargo a la parte ejecutada. Apelada dicha resolución por “F.F.P. PRODEM S.A.” adjuntando la iguala suscrita, fue confirmada la Resolución impugnada mediante Auto 14 de 24 de julio de 2006, dictada por el Juez Primero de Partido y Sentencia de Camiri. Asimismo, el Juez de apelación, por Resolución 94 de 29 de julio del mismo año, reguló honorarios profesionales a favor del abogado Carlos Orlando Peredo Ardaya, en la suma de Bs1 000.- con cargo a “F.F.P. PRODEM S.A.” (fs. 176 a 206).