SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

8.

8. Proceso coactivo presentado el 6 de abril de 2005, dirigido contra Humberto Cabrera Rojas y otros, reclamando el pago de $us4 654,60.- (cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro 00/60 dólares estadounidenses), cuya tramitación en el Juzgado Segundo de Instrucción de Camiri del Distrito Judicial de Santa Cruz, llegó hasta la emisión de la Sentencia, quedándose paralizado el proceso, hasta que el abogado patrocinante Carlos Orlando Peredo Ardaya, por memorial presentado el 21 de marzo de 2006, solicitó regulación de honorarios profesionales, los que fueron regulados mediante Auto de 24 del mismo mes y año, estableciendo la suma de Bs3 000.- (tres mil bolivianos) y el 6% de la cuantía equivalente a $us279.- (doscientos setenta y nueve dólares estadounidenses), sin que se hubiera corrido traslado a “F.F.P. PRODEM S.A.”, omitiendo el juramento de ley que debía prestar el abogado, no obstante que el proceso no concluyó, ni se recuperó el capital demandado, menos los intereses y otros conceptos, por lo que se interpuso recurso de apelación adjuntando la iguala profesional suscrita entre el nombrado abogado y “F.F.P. PRODEM S.A.” que tiene fuerza de ley entre partes, expresándose agravios por no haberse regulado los honorarios conforme a los arts. 77 y 80 de la LA, habiéndose pronunciado la Resolución 13 de 24 de julio de 2006, que confirmó en todas sus partes el Auto impugnado.