SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

III.3. Reglas que deben observarse en la regulación de honorarios

Antes de analizar la problemática planteada, es necesario efectuar consideraciones de orden legal, doctrinal y jurisprudencial con relación a los aspectos que deben observarse en cuanto a la regulación de honorarios profesionales y la validez de las igualas profesionales, a cuyo efecto se analizará la Ley de la Abogacía toda vez que se encontraba vigente a la fecha de interposición y resolución de la presente acción.

Es así que de acuerdo con la previsión contenida en el art. 75 de la LA, todo abogado debe anunciar en el primer escrito que presente en cualquier proceso o trámite legal, si se estipuló honorarios mediante iguala o se atiene al arancel del Colegio de Abogados, sin este requisito será rechazada la solicitud.