SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

3.

3. Proceso ejecutivo interpuesto el 17 de octubre de 2005, contra Ruth Arce de Artunduaga y otros, requiriendo el pago de $us2 057,41.- (dos mil cincuenta y siete 00/41 dólares estadounidenses) cuya tramitación se desarrolló en el Juzgado Primero de Instrucción Mixto de Camiri del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictándose la Sentencia quedándose paralizado en ese estado, hasta que por memorial de 21 de marzo de 2006, el abogado patrocinante, Carlos Orlando Peredo Ardaya, solicitó regulación de honorarios profesionales, los que fueron regulados mediante Auto 82 de 23 del mismo mes y año, estableciendo el monto de Bs3 000.- (tres mil bolivianos) y el 6% de la cuantía equivalente a $us150,44.- (ciento cincuenta 00/44 dólares estadounidenses), sin que se hubiera corrido traslado a “F.F.P. PRODEM S.A.”, omitiendo el juramento de ley que debía prestar el abogado, no obstante que el proceso no concluyó, ni se recuperó el capital demandado, menos los intereses y otros conceptos, por lo que se interpuso recurso de apelación adjuntando la iguala profesional suscrita entre el nombrado abogado y la mencionada entidad financiera que tiene fuerza de ley entre partes, expresándose agravios por no haberse regulado los honorarios conforme a los arts. 77 y 80 de la LA, habiéndose pronunciado la Resolución 7 de 24 de julio del referido año, que confirmó en todas sus partes el Auto impugnado.