SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013-L

Fecha: 04-Ene-2013

CASACION EN LAS CORTES

Ahora bien, en cuanto al número de votos que se requiere, el art. 278 del CPC, establece: “(CASACION EN LAS CORTES) En los casos en que la Corte Suprema de Justicia -hoy Tribunal Supremo de Justicia-, en cualquiera de sus salas, casare una resolución por haberse infringido una ley expresa y terminante, se requerirá tres votos conformes. Igual número de votos se requerirá en los casos de casación ante las Cortes Superiores cuyas salas estén constituidas por tres o más vocales” (las negrillas y las palabras incluidas entre los guiones nos corresponden).