SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013-L

Fecha: 04-Ene-2013

Las estipulaciones contrarias a lo dispuesto en este artículo serán nulas

Como se indica en la enciclopedia jurídica OMEBA, “En el acto nulo, aún cuando reúna un mínimo de elementos que le dan realidad jurídica, las omisiones o transgresiones que el mismo acusa son de  tanta gravedad que su vida, en cierto modo, puede reputarse precaria, ya que sólo dura hasta el momento en que se produce la resolución judicial que lo invalide”.