DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2014

Fecha: 10-Ene-2014

Artículo 55. (Competencias)

El Gobierno Autónomo de la Nación Originaria Uru Chipaya asumirá gradualmente las competencias exclusivas, compartidas y concurrentes del Articulo 304 de la Constitución Política del Estado y las municipales del catálogo competencial establecido en los artículos 302 y 303 de la Constitución Política del Estado, de acuerdo a su desarrollo de capacidades institucionales y características culturales propias.