DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2014

Fecha: 10-Ene-2014

Artículo 75. (Personas Capacidades especiales)

El Gobierno autónomo de la Nación Originaria Uru Chipaya garantizará el ejercicio de los derechos de las personas con capacidades especiales establecidos en la CPE, las leyes del nivel nacional y el presente Estatuto, promoviendo la implementación de servicios integrales de prevención, rehabilitación e integración de estas personas en los ámbitos ámbitos político, económico, social, cultural y territorial sin discriminación alguna.