DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2014

Fecha: 13-Jun-2014

Consecuentemente y bajo el fundamento expuesto se declara la incompatibilidad de la Disposición Transitoria Segunda, debiendo el estatuyente readecuar lo observado.

Finalmente, efectuado el análisis de la Carta Orgánica Municipal de Batallas, de acuerdo a los fundamentos expuestos en cada caso, aquellos artículos de la Carta Orgánica que motivó la presente consulta y que en el marco de la interpretación realizada resultaron ser incompatibles con la Constitución Política del Estado deberán ser readecuados, especialmente en relación a la realización material de los principios ético morales que asume el Estado así como los valores que los sustentan, previstos en el art. 8 de la CPE.