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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2014

    Fecha: 25-Sep-2014

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    • I.1. Contenido de la consulta
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II. CONCLUSIONES
    • PREÁMBULO
    • 1.
    • Articulo 4 (Identidad)
    • 1.   RESPETO - YOMBOETE.
    • 5.   MBOROAIU - AMOR AL PROJIMO.
    • 9.   MBAEYEKOU. FELICIDAD, PROSPERIDAD, ARMONÍA, “DESARROLLO” EN CONJUNTO.
    • Articulo 7 (Preexistencia de la Nación Guaraní).
    • Articulo 8 (Ancestralidad del territorio de la Nación Guaraní).
    • Articulo 9 (Territorio de Huacaya).
    • Articulo 11 (Democracia Comunitaria).
    • Articulo 12 (Naturaleza del Poder).
    • Articulo 13 (Integralidad).
    • Articulo 14 (Derechos)
    • III.
    • Articulo 19 (De las Comunidades Indígenas Guaraní).
    • Articulo 23 (Creación de Comunidades Indígenas Guaraní, Comunidades Campesinas y Espacios Urbanos)
    • Articulo 36 (Alcance).
    • Articulo 48 (Alcance).
    • II.
    • Articulo 53 (Iniciativa Legislativa).
    • Articulo 59 (Sistema de Justicia).
    • 1.  Ley Autonómica.-
    • Articulo 78 (Aplicación de la Pérdida de Mandato).
    • Articulo 83 (Candidatos).
    • Articulo 85 (Forma o Modalidad de Elección).
    • Articulo 90 (Libro de Acta).
    • Articulo 91 (Posesión y Acreditación).
    • Articulo 94 (Visión).
    • Articulo 95 (
    • Articulo 96 (Carácter Prioritario). I.
    • Articulo 97 (Sistema Educativo Comunitario Autonómico). I.
    • Articulo 99 (Desarrollo de la Política Educativa Autonómica).
    • Articulo 100 (Organización Educativa Autonómica).
    • Articulo 104 (Desarrollo Económico Productivo).
    • Articulo 106 (Formas Organizativas para la Producción) I.
    • Articulo 108 (Servicios Económicos y Apoyo a la Producción).
    • Articulo 111 (Seguro Universal Gratuito).
    • Articulo 113 (Enfermedades prevalentes - Chagas).
    • Articulo 114 (Idioma Guaraní).
    • Articulo 115 (Uso y Desarrollo de la Lengua).
    • Articulo 120 (Orientación de las Políticas sobre Recursos Naturales)
    • Articulo 123 (Prevención y gestión de riesgos)
    • Articulo 124 (Aprovechamiento de Recursos Naturales).
    • Articulo 127 (Asentamiento Humano).
    • Articulo 130 (Deporte).
    • Articulo 131 (Transporte).
    • Articulo 134
    • Articulo 137 (El Plan Integral Autonómico).
    • I.
    • Articulo 142 (Inventario y Registro)
    • Articulo 145 (Aprobación del Plan Operativo Anual y el Presupuesto Anual).
    • Articulo 148 (Reforma Total o Parcial).
    • Disposición Transitoria Primera
    • Disposición Transitoria Cuarta
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
    • Fragmento 59
    • III.1. El modelo de organización territorial del Estado boliviano
    • Entendemos que el Estado Plurinacional es un modelo de organización política para la descolonización de nuestras naciones y pueblos, reafirmando, recuperando y fortaleciendo nuestra autonomía territorial, para alcanzar la vida plena, para vivir bien, con una visión solidaria, de esta manera ser los motores de la unidad y el bienestar social de todos los bolivianos, garantizando el ejercicio pleno de todos los derechos.
    • existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del
    • III.2. El orden competencial
    • a)
    • la descolonización
    • La interculturalidad
    • intraculturalidad
    • III.4. Naturaleza, alcances y acceso a la autonomía indígena originario campesina
    • III.5. La naturaleza jurídica de los estatutos autonómicos y las cartas orgánicas y su control previo de constitucionalidad
    • III.6. Confrontación del texto del proyecto de Estatuto
    • III.6.1.1.       Sobre el preámbulo
    • III.6.1.2.
    • Control previo de constitucionalidad
    • .
    • y consultas nacionales
    • III.6.1.3.
    • III.6.1.4.       TITULO III:
    • igualdad de oportunidades
    • Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica
    • III.6.1.4.3.
    • III.6.1.5.       TITULO IV: Régimen Electoral
    • 4.
    • 5.
    • 6.
    • III.6.1.6.       TITULO V:
    • III.6.1.6.1.
    • educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado
    • 3.
    • 6.1.6.2.
    • Sobre los numerales 2, 8, 15, 19, 21 y 22
    • II. Las naciones y pueblos indígena originario campesinos desarrollan procesos educativos productivos comunitarios, acorde a sus vocaciones productivas del contexto territorial. III. La gestión del currículo regionalizado es una competencia concurrente entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas
    • establecerlo en el marco del currículo regionalizado
    • aplicación
    • b) Organizar y apoyar la gestión participativa de los pueblos indígena originario campesinos en el marco de la Educación Inicial en Familia Comunitaria, Primaria Vocacional y Secundaria Productiva
    • III.6.1.6.3.
    • El Estado Plurinacional, a través del Ministerio de Educación, ejerce tuición sobre la administración y gestión del Sistema Educativo Plurinacional
    • Sobre el numeral 4
    • Sobre el numeral 14
    • Sobre el numeral 25
    • sistema único de salud
    • III.6.1.6.9.
    • El Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud
    • III.6.1.6.12.
    • III.6.1.6.13.
    • III.6.1.6.14.
    • planes de asentamientos humanos para alcanzar una racional distribución demográfica y un mejor aprovechamiento de la tierra y los recursos naturales
    • III.6.1.6.16.
    • Fragmento 108
    • Son competencias exclusivas del nivel central del Estado: Políticas generales de desarrollo productivo’
    • Las autonomías indígena originario campesinas podrán ejercer las siguientes competencias exclusivas: Fomento y desarrollo de su vocación productiva
    • El Fondo de Desarrollo Productivo Solidario será implementado a través de ley específica de la Asamblea Legislativa Plurinacional
    • , solicitarán de forma expresa
    • Fragmento 113
    • 2º
    • 6º  EXHORTAR

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