DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 116. (Recurso tierra).

El art. 397.l de la CPE, establece “El trabajo es la fuente fundamental para la adquisición y conservación de la propiedad agraria. Las propiedades deberán cumplir con la función social o con la función económica social para salvaguardar su derecho, de acuerdo a la naturaleza de la propiedad”, así también, la propia Constitución ha establecido reserva de ley, para la regulación de las materias inherentes a la propiedad de la tierra, (arts. 394.l y ll, 396.l, 398, 403.ll), de otro lado, el art. 298.ll num. 38 de la CPE, ha establecido como una competencia exclusiva del nivel central del Estado, la materia de “régimen de la tierra”.