DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 67. (Impuestos y Recaudaciones)

l. De acuerdo a las políticas tributarias de recaudación del Gobierno Autónomo Municipal de Tarvita, que serán autónomas para decidir el destino de los recursos y la asignación, los mismos deben ser planificados de acuerdo a los índices de pobreza, desarrollo de los grupos sociales y criterios de equidad.

ll. Son considerados ingresos propios todos los que se generan dentro de la jurisdicción municipal de Tarvita, aquellos que están comprendidos dentro de la legislación municipal estableciendo su objeto, generados dentro de la jurisdicción territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarvita y que están reglamentados a través de una Ley Municipal emitida por el Concejo Municipal.