DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 85. (Plan de Ordenamiento Territorial)

El contenido del presente artículo, se refiere a la materia de “Ordenamiento territorial y uso de suelos”, catalogada como competencia exclusiva municipal, en el art. 302.l num. 6 de la CPE; si bien es acertado el desarrollo de dicha materia en la Carta Orgánica, debido a la importancia que tiene en la planificación del desarrollo municipal, es fundamental que el estatuyente municipal, a tiempo de desarrollar una materia, debe hacerlo en forma íntegra; en el presente caso, incorporando la coordinación que debe existir con los planes del nivel central, departamental y con los PIOCs, en el ejercicio de su competencia exclusiva, conforme establece la prerrogativa constitucional citada.