DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Parágrafo l, num. 9.

Parágrafo l, num. 9. “Elaborar y elevar ante el Concejo Municipal para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal con sus normas y reglamentos, asegurando su elaboración participativa y su coordinación y compatibilidad con los planes y programas de desarrollo departamental y nacional, para su aprobación dentro de los noventa (90) días de gestión”.

La Constitución Política del Estado, en su art. 12.l, ha establecido el principio de independencia, separación, coordinación y cooperación que debe existir entre los órganos de gobierno, consecuentemente, el legislativo municipal, no podría aprobar normas y reglamentos emitidos por el ejecutivo municipal, ya que ello implicaría vulnerar ese principio constitucional.