DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 18. (Integración a la Regionalización Departamental)

El Municipio de Tarvita podrá formar parte de la región correspondiente, definida por el Gobierno Autónomo Departamental como espacio de planificación y gestión departamental, previa concertación con el mismo y con los municipios participantes. La región no será entendida como autonomía regional, siendo la primera un espacio de desconcentración, planificación y gestión del Gobierno Autónomo Departamental, y la segunda un espacio de autogobierno de la región.

El Municipio de Tarvita podrá formar parte de la región correspondiente, definida por el Gobierno Autónomo Departamental como espacio de planificación y gestión departamental, previa concertación con el mismo y con los municipios participantes. La región no será entendida como autonomía regional, siendo la primera un espacio de desconcentración, planificación y gestión del Gobierno Autónomo Departamental, y la segunda un espacio de autogobierno de la región”.

La presente disposición, se refiere a la posibilidad de que el municipio de Tarvita pueda formar parte de una región, conforme los parámetros establecidos por la Constitución Política del Estado y Ley Marco Autonomías y Descentralización, lo cual es completamente aceptable; sin embargo, la forma en la que se encuentra redactada la norma, implica una regulación para el Gobierno Autónomo Departamental, vulnerando los arts. 272 y 276 de la CPE; toda vez que, los Gobiernos Autónomos pueden emitir normativa en el ámbito de sus competencias y en sus determinadas jurisdicciones territoriales.