DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 113. (CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE)

2.    La conciliación en ningún caso supondrá o comprenderá la inobservancia de normas urbanísticas, de ordenamiento territorial, de medio ambiente y recursos naturales, de protección a la fauna silvestre y animales domésticos o de salubridad, elaboración, venta y transporte de productos alimenticios humanos, animales y productos destinados al cultivo vegetal.