DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 68. (USOS DEL SUELO).

I.       El Gobierno Autónomo Municipal de Yapacaní, establece que en toda asignación del uso del suelo y su aprovechamiento, deberá responder a los principios de racionalidad, protección del medio ambiente y sostenibilidad, considerando necesariamente criterios técnicos legales y lo establecidos en la normativa municipal específica.

II.       El cambio de uso de suelo, debe además de sustentarse en los principios de racionalidad, protección del medio ambiente y sostenibilidad, deberá responder a una rigurosa justificación técnica, legal, de consideración de riesgos naturales y finalidad temática de uso establecido en el municipio, en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamental e indígenas.