DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Sobre el párrafo inicial

En el caso boliviano, el art. 297 de la CPE establece el alcance facultativo y el material, para cada uno de los niveles de gobierno, dicho de otro modo definió los tipos de competencias o llaves de asignación competencial, privativas, exclusivas, concurrentes y compartidas; en tal sentido, la Norma Suprema asignó competencias a cada una de las ETA con su respectivo alcance facultativo y no así la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”; es decir, las competencias no son reconocidas por la referida Ley.