DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2015
Fecha: 16-Dic-2015
Preámbulo
Tierra bendita abrazada por los ríos Yapacaní e Ichilo, hacen de esta un potencial productivo para la región y el país, de clima cálido y tropical, se ubica al medio de la reserva forestal de El Choré y el Parque Nacional Amboró, con fuertes caídas de agua, rico en flora y fauna, convierten a Yapacaní en un lugar paradisiaco lleno de esperanza y futuro.
La historia se remonta mucho antes de la Guerra del Chaco, cuando ya habitaban este territorio los ‘Yuquis’ y Yuracarés-Mojeño Trinitarios. Yapacaní, no nace del azar, la ocupación de este territorio era estratégica y tenía mucha importancia para la economía del país; el interés agrícola por el potencial productivo, su ubicación estratégica para la vinculación del departamento de Santa Cruz con el Beni y Cochabamba, es decir, unir mediante una carretera, Santa Cruz - Yapacaní, Puerto Grether – Puerto Villarroel y Villa Tunari – Cochabamba y en el caso de Beni vía fluvial
En el año 1937 se realizó la primera ocupación de tierras en Yapacaní bajo el denominativo de ‘colonización’, dirigida por el Ing. Alberto Gotiere, dependiente del Ministerio de Guerra y Colonización, con la ayuda de un Batallón Militar que se encontraba en el Km. 3, a partir del río Yapacaní. Esta ocupación se dio con inmigrantes de los valles, altiplano, oriente boliviano y algunas familias de origen judío y portugués, que organizaron la denominada “Colonia Villa Busch”. En 1939 llegaron hasta 200 familias, los pobladores de entonces recibieron tierras de 50 Has., con una hectárea de tierra desmontada una casa rústica, un año de alimentación y herramientas agrícolas; sin embargo, la ayuda del ejército terminó en 1945 con lo cual muchos de estos habitantes en la década de los 50 abandonaran la región por falta de apoyo, quedando reducidos a 20 familias.
El segundo periodo de ocupación planificada se inicia en 1958 con la llegada de un contingente militar y el Instituto Nacional de Colonización para la llamada ‘recolonización’. En 1961 llegan 150 familias y en 1962 aumenta esta cantidad a 170 familias. A diferencia de la anterior incursión son civiles voluntarios que desean ocupar tierras y trabajar. En este periodo a Yapacani también se la denomina “Comando” por el destacamento militar asentado.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Admisión
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1. Construcción del Estado Plurinacional con autonomías
- modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- principio de unidad del país, que subyace en los arts. 1 y 2 de la CPE y de manera transversal en toda la Constitución, como elemento articulador de la plurinacionalidad, el pluralismo, la interculturalidad descolonizadora y el régimen autonómico
- II.2. La construcción de las cartas orgánicas a partir del Estado Plurinacional Comunitario con Autonomías
- Fragmento 9
- sin perjuicio de que las entidades territoriales autónomas puedan complementar los contenidos de su norma institucional básica que consideren necesarios dentro del marco de su autonomía
- II.3. Autonomía y gobierno autónomo municipal en el marco de la estructura territorial del Estado Plurinacional boliviano
- Su carácter local y, por ende, su cercanía con los anhelos y necesidades cotidianas de la ciudadanía, como un rasgo propio de lo municipal que lo inviste de un elevado nivel de legitimidad y proximidad con los interés cotidianos de la población.
- II.4. Autonomía municipal
- II.5 El orden competencial
- a)
- II.6
- Símbolos e idiomas.
- Derechos y Deberes.
- Competencias.
- Control y Participación Social.
- II.7.
- previo control de constitucionalidad
- 1)
- II.8.
- Control previo de constitucionalidad
- i)
- compatibilidad
- Controlo previo de constitucionalidad
- uso oficial o preferente
- Artículo 15. (MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS).
- incompatible
- incompatibilidad
- Sobre el parágrafo III
- Sobre el numeral 4
- “Artículo 23. (REVOCATORIA DEL MANDATO).
- Sobre el parágrafo VI
- Fragmento 37
- Fragmento 38
- Fragmento 39
- Reglamento General
- Sobre el párrafo inicial
- Sobre el numeral 1
- Artículo 29. (ATRIBUCIONES).
- Sobre el numeral 10
- Sobre el numeral 32
- igualdad
- goza de los derechos reconocidos por esta Constitución
- 2)
- Sobre el numeral 2
- Su calificación
- Fragmento 51
- “Artículo 82. (
- Fragmento 53
- Sobre el numeral 1.b, c y e.
- Artículo 117. (ACTORES).
- .
- Fragmento 57
- un reconocimiento in situ
- no corresponde que los estatutos autonómicos reconozcan los derechos fundamentales
- “vigencia”
- 4
- 5° Ordenar
- Preámbulo
- Artículo 2. (OBJETO).
- Artículo 4. (NATURALEZA JURÍDICA).
- ‘Yapacaní’,
- Artículo 6. (IDENTIDAD).
- Artículo 7. (SÍMBOLOS).
- Artículo 16. (ÓRGANOS).
- Artículo 19. (ELECCIÓN DE CONCEJALAS Y CONCEJALES).
- Fiscalizadora.-
- Artículo 33. (SESIÓN EXTRAORDINARIA).
- Artículo 34. (AUDIENCIA PÚBLICA).
- Artículo 36. (PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO).
- Artículo 40. (ATRIBUCIONES).
- Artículo 50. (BASES).
- Artículo 51. (
- Artículo 53. (
- Artículo 59. (SALUD).
- Artículo 61. (
- Artículo 62. (
- Artículo 65. (
- Artículo 67. (OCUPACIÓN DEL TERRITORIO).
- Artículo 68. (USOS DEL SUELO).
- Artículo 69. (DESARROLLO URBANO).
- Artículo 70. (PROHIBICIONES).
- Artículo 72. (INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL Y ESPACIOS PÚBLICOS).
- Artículo 73. (LIMITACIONES AL DERECHO PROPIETARIO).
- Artículo 84.
- Artículo 85. (ALUMBRADO PÚBLICO).
- Artículo 88. (ASEO URBANO, MANEJO Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS
- Artículo 90. (EMPRESAS MUNICIPALES).
- Artículo 91. (DEFENSA DE LOS DERECHOS).
- Artículo 92. (
- 1. Impuestos de dominio municipal
- 2. Iniciativa legislativa
- Artículo 96. (
- Artículo 99. (
- Artículo 100. (
- Artículo 109. (RECURSO DE REVOCATORIA).
- Artículo 110. (RECURSO JERÁRQUICO).
- Artículo 112. (IMPUGNACIÓN JUDICIAL).
- Artículo 113. (CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE)
- Artículo 114. (CONFLICTO DE COMPETENCIAS)
- Artículo 115. (PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL).
- Artículo 122. (PROCEDIMIENTO DE REFORMA PARCIAL O TOTAL DE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL).