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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015

    Fecha: 06-Feb-2015

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    • I.1. Contenido de la consulta
    • I.2. Admisión
    • II. CONCLUSIÓN
    • PREÁMBULO
    • Artículo 2. Visión del municipio.
    • Artículo 3. Identidad del municipio.
    • Artículo 7. Símbolos del municipio.
    • Artículo 8. Valores, principios y fines.
    • 1.  Autonomía
    • 2.  Unidad y Cohesión Social
    • 3.  Igualdad de derechos
    • 11.         Interculturalidad
    • 13.         Igualdad, es garantizar
    • 14.         Vivir bien, equivale
    • 15.         Inclusión.
    • Artículo 9. Derechos.
    • Artículo 21. Atribuciones y facultades del Concejo Municipal.
    • 2.  Deliberativas
    • 3.  Fiscalizadora
    • Artículo 22. De las Sesiones del Concejo Municipal.
    • Artículo 26. Elección de la Directiva.
    • Artículo 27. Elección de Directivas de Comisiones.
    • Artículo 32. Atribuciones de la Alcaldesa o Alcalde.
    • Artículo 36. Servidores públicos municipales.
    • Artículo 37. Responsables de la administración de recursos fiscales municipales
    • Artículo 40. Disposición general de la participación y el control social.
    • Artículo 41. Participación.
    • Artículo 43. Control Social.
    • Artículo 44. Mecanismos y procedimientos de transparencia y rendición de cuentas.
    • Artículo 45. Defensor del Consumidor y Usuarios.
    • Artículo 46. Guardia Municipal.
    • Artículo 47. Empresas Municipales.
    • Artículo 48. Regulación de servicios públicos municipales.
    • Artículo 53. Patrimonio y bienes municipales.
    • Artículo 54. Patrimonio cultural.
    • Artículo 55. Tesoro Municipal.
    • Artículo 58. Transferencia y recepción de recursos por ajuste competencial.
    • Artículo 62. Disposiciones de la Planificación Participativa.
    • Artículo 69. Programa Operativo Anual.
    • Artículo 70. Presupuesto operativo y sus modificaciones.
    • Artículo 71. Planilla salarial.
    • Artículo 74. Distritos municipales.
    • Artículo 77. Desarrollo productivo.
    • Artículo 78. Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    • Artículo 80. Gestión de Riesgos y Atención de Desastres Naturales.
    • Artículo 82. Régimen en Desarrollo Humano.
    • Artículo 83. Régimen en Salud.
    • Artículo 84. Régimen de Educación.
    • Artículo 85. Régimen de las Personas con Discapacidad.
    • Artículo 86. Régimen del Deporte.
    • Artículo 88. Régimen de las Personas Adultas Mayores.
    • Artículo 89. Régimen de los Infantes, Niños, Niñas y Adolescentes.
    • Artículo 91. Régimen de Agua potable y alcantarillado.
    • Artículo 94. Régimen de Igualdad de Oportunidades y Género.
    • 1.  Leyes Municipales:
    • Artículo 97. Régimen de las Personas Privadas de Libertad
    • DISPOSICIONES FINALES
    • III.    FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1. El Estado Plurinacional de Derecho con autonomías
    • III.2. El control de constitucionalidad de proyectos de normas básicas autonómicas
    • III.3. La autonomía y el ejercicio competencial pleno y relativo
    • III.4. El control social
    • Fragmento 63
    • III.5. El Municipio
    • Fragmento 65
    • Fragmento 66
    • Fragmento 67
    • III.6. Análisis de compatibilidad
    • Artículo 1
    • Artículo 4
    • Artículo 5
    • incompatibilidad
    • numeral 3
    • Artículo 18
    • Artículo 21
    • numeral 7
    • numerales 13, 14 y 15
    • numeral 20
    • numerales 23 y 24,
    • numeral 30
    • prohibiciones
    • numeral 9,
    • numeral 16
    • numeral 19,
    • numeral 21
    • numeral 22
    • numeral 24
    • incompatible
    • numeral 25,
    • parágrafo III,
    • Artículos 41 y 43
    • parágrafo I
    • Fragmento 93
    • Artículo 49
    • Artículo 50
    • párrafo II
    • Artículo 53
    • en la respectiva unidad territorial;
    • art. 302.I.6
    • parágrafo II
    • numeral 10
    • numeral 11
    • parágrafo I inc. c)
    • parágrafo VII,
    • parágrafo IV
    • parágrafo V,
    • parágrafo VI,
    • Fragmento 108
    • parágrafo V de este artículo
    • Artículo 90
    • parágrafos III y IV
    • Artículo 92
    • Fragmento 113
    • Artículo 96
    • no se define por criterios de jerarquía, sino por el respeto a los ámbitos competenciales asignados a cada nivel territorial por la Ley Fundamental”
    • numeral 6
    • Disposición Final I
    • 1º DECLARAR LA INCOMPATIBILIDAD
    • 4º

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