DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015

Fecha: 06-Feb-2015

Artículo 49

Con relación al art. 49 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, el mismo efectúa el desarrollo sobre las facultades del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija; sin embargo, el nomen juris alude a las competencias de dicha ETA, lo que demuestra una clara imprecisión en cuanto a los términos empleados, que sin duda provoca inseguridad jurídica.

En virtud a lo dispuesto por los arts. 272, 298 y ss. de la CPE y, conforme ha comprendido la SCP 2055/2012, el ejercicio competencial se desarrolla a partir de tres ámbitos a saber, el jurisdiccional, el material y el facultativo. En ese sentido, el facultativo recae en los diferentes niveles de gobierno, que comprenden a su vez cinco facultades por las que es viable ejercer las atribuciones, siendo éstas la legislativa, la reglamentaria, la ejecutiva, la deliberativa y la fiscalizadora.