DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015

Fecha: 06-Feb-2015

Artículo 85. Régimen de las Personas con Discapacidad.

I.   El Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, tiene como obligación primordial la protección especial, inclusión social y trato preferente de todas las Personas con Discapacidad, tendientes a brindarle una vida digna y acelerar procesos de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad.

II. Establecerá normas, planes, programas y proyectos para eliminar las barreras arquitectónicas, comunicacionales, tecnologías especiales y de accesibilidad para garantizar la libre movilización y desplazamiento, en las vías públicas, en recintos públicos y privados, en áreas de trabajo, deportivas y de esparcimiento, eliminando las barreras sociales, culturales, comunicacionales y arquitectónicas urbano y rural.

IV. Establecer planes, programas y proyectos municipales de protección a las personas con discapacidad, contra toda forma de abuso, discriminación, explotación, malos tratos y abandono Para el pleno ejercicio de los derechos que les reconocen la Constitución Política del Estado, la Convención de los derechos de las personas con discapacidad y las Leyes.