DCP 0086/2015 de 27 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0086/2015 de 27 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.

Fecha: 27-Mar-2015

Artículo 67°

Artículo 67° I. El Gobierno Autónomo municipal incentivara la producción agropecuaria y promoverá la asistencia técnica al productor, asimismo, se aprovechara los recursos naturales de manera sostenible como el cacao silvestre, vainilla silvestre, castaña y otros del municipio para mejorar las condiciones de vida de los habitantes del municipio. Se considera al cacao silvestre patrimonio del pueblo Baures, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal procurar dar condiciones apropiadas para el aprovechamiento sostenible y sustentable del recurso incentivando su transformación en productos derivados y su industrialización en el municipio”.