DCP 0086/2015 de 27 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0086/2015 de 27 de marzo, en base a los argumentos jurídicos constitucionales que se desarrollan a continuación.

Fecha: 27-Mar-2015

II.5.1.   Sobre

“Las Autonomías representan las demandas más legítimas de todos los sectores sociales de Bolivia, por ello Nosotros, representantes de los vecinos del Municipio de BAURES, en ejercicio de la Autonomía Municipal reconocida por la Constitución Política del Estado, reunidos con la sociedad organizada y no organizada del Municipio de BAURES, con el objeto de organizar el Municipio como garante de la libertad, la justicia social y el sistema representativo, democrático y participativo; bajo los principios de: unidad, igualdad, dignidad, libertad, solidaridad, justicia social, transparencia, autogobierno, voluntariedad, complementariedad, subsidiariedad y bien común, reafirmamos la defensa de los derechos humanos y afianzamos la convivencia sin discriminación alguna exaltando los valores de la persona humana, fuente de toda razón y justicia, sancionamos esta Carta Orgánica para el Municipio de BAURES”.