DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 101.4

El art. 101.4, referido a turismo local, señaló que: “Supervisar y controlar el funcionamiento de los servicios turísticos mediante normativa municipal expresa”, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, toda vez que conforme al art. 271 de la CPE, que nos remite al art. 95.III.4 de la LMAD, indica que: “De acuerdo a la competencia del Numeral 17, Parágrafo I, del Artículo 302, de la Constitución Política del Estado los gobiernos municipales autónomos tendrán las siguientes competencias exclusivas: