DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 66.II

El art. 66.II, referido al concejo municipal de seguridad ciudadana, señaló que: “La composición y funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad Ciudadana, estará normado en la reglamentación correspondiente, a efecto de asumir las responsabilidades establecidas por Ley”, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, porque al ser una competencia concurrente conforme al art. 299.II.13 de la CPE, el ejecutivo municipal es el único que puede reglamentar la ley del nivel central sobre la materia y no así el concejo municipal en virtud al art. 283 de la CPE.