DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 61.- RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS.-

El Concejo Municipal y el Órgano Ejecutivo del Municipio, en forma conjunta o separada, presentarán al menos dos veces al año, su rendición pública de cuentas que cubrirá todas las áreas en las que cada órgano haya tenido responsabilidad.  El acto de rendición de cuentas se realizará previa convocatoria pública a toda la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil.