DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 38

El art. 38 referido a la prelación señala que: “El orden de prelación en el tratamiento de los proyectos de Leyes, Ordenanzas y Resoluciones Municipales, se determinará por la fecha de su presentación. Una Concejala o Concejal, la Alcaldesa o Alcalde Municipal, podrá solicitar, en caso de emergencia, el tratamiento prioritario de determinado proyecto de Ley, Ordenanza y Resolución”, texto del cual se puede advertir que es incompatible en la palabra: “ordenanza” por conexitud con la declaración de la declaración asumida en el art. 21 del proyecto de        la carta orgánica.