DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 102.III

El art. 102.III, con relación a la gestión medioambiental y forestal, señaló que: “La Unidad que tendrá a su cargo la protección de los recursos naturales, intervendrá en el marco de las competencias establecidas por Ley, en todos los procesos de otorgamiento de licencias y concesiones de explotación, así como en la supervisión del desarrollo de las actividades y la mitigación de los impactos medioambientales”, es incompatible con la Constitución Política del Estado, porque: 1) Los arts. 348.II y 349.I de la CPE, es competencia del nivel central la protección de los recursos naturales, en ese entendido la norma básica institucional debe recaudar el contenido analizado en función a la materia asignada al nivel de gobierno; y, 2) En el mismo sentido debe obrarse cuando se refiere a los procesos de otorgación de licencia de concesiones y de explotación.