DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0102/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 27.25

El art. 27.25, con relación a las atribuciones del concejo municipal, refirió: “A propuesta del Órgano Ejecutivo Municipal, aprobar la Ley Municipal que establecerá los requisitos y procedimientos generales para la creación de Distritos Municipales, teniendo en cuenta como criterios mínimos la dimensión poblacional y territorial del municipio”; es incompatible con la Constitución Política del Estado, toda vez que: 1) No se toma en cuenta a los distritos IOC, conforme al art. 271 de la Ley Fundamental, que nos remite los arts. 27 y 28 de la LMAD, ya que allí se encuentran plasmados de manera general los criterios para la distritación según sea el caso; y, 2) El numeral 26 de este artículo, regula también sobre los mismos aspectos y de manera correcta, por lo que al existir duplicidad en los contenidos de los numerales queda expulsado del proyecto de la carta orgánica el numeral 25, por vulnerar la seguridad jurídica que toda norma debe tener, según el art. 9.2 de la CPE.