DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2015

Fecha: 28-Jul-2015

art. 87

Conforme el art. 302.I.41 de la CPE, señala: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: Áridos y agregados, en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos…”; sin embargo, esta competencia debe coordinar con los PIOC, cuando corresponda; sin referirse a organizaciones sociales; por lo que, conforme a la interpretación realizada, el art. 87 del proyecto en revisión es incompatible con la Constitución Política del Estado.