DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2015

Fecha: 28-Jul-2015

el reglamento de honores, distinciones, condecoraciones y premios por servicios a la comunidad

En cuanto el numeral 14, que dispone: “Proponer ante el Concejo Municipal, para su aprobación mediante Ley Municipal, el reglamento de honores, distinciones, condecoraciones y premios por servicios a la comunidad y conceder los mismos de acuerdo a dicha normativa”; si bien cumplió con el cargo de incompatibilidad sobre el término Asamblea Legislativa al modificar por Concejo Municipal; empero, por  conexidad con el numeral 25 del art. 24 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, que establece: “Otorgar honores, distinciones, condecoraciones y premios por servicios a la comunidad, de acuerdo a Ley Municipal”, que fue declarado compatible, se entiende que una ley Municipal regulará la Otorgación de honores, distinciones, condecoraciones y premios por servicios a la comunidad y no así un Reglamento, considerando además que una Ley no puede aprobar un Reglamento, sino que emitida la Ley, será reglamentada para su aplicación por el órgano ejecutivo, por lo que en virtud a la conexidad citada, corresponde declarar la incompatibilidad del numeral 14 analizado.