DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017

Fecha: 27-Ene-2017

art. 29.1

Respecto a los numerales 1 y 3 del art. 29 del proyecto de la Carta Orgánica, la antes citada Declaración Constitucional Plurinacional, estableció que: “El art. 29.1 del proyecto de la carta orgánica, referido a la elección de concejalas y concejales indica: “Las Concejalas o Concejales, serán elegidos por sufragio universal en forma democrática, directa y secreta en circunscripción única municipal”. Texto que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en razón a que también están los concejales electos por normas y procedimientos propios conforme al art. 11.II.3 de la CPE, lo que implica que dentro de las formas de elección de los concejales y concejalas también se deben considerar esta otra forma de elección de estas autoridades.