DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017

Fecha: 27-Ene-2017

Artículo 54. Otras Personas que Prestan Servicios al Gobierno Municipal

No están sometidas a la Ley General del Trabajo ni a la Ley del Funcionario Público, ni a la Carta Orgánica Municipal aquellas personas que, con carácter eventual o para la prestación de servicios específicos o especializados, se vinculen contractualmente con el Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad, estando sus derechos y obligaciones regulados en el respectivo contrato y ordenamiento legal aplicable y cuyos procedimientos, requisitos, condiciones y formas de contratación se regularan por las normas correspondientes”.

No están sometidas a la Ley General del Trabajo ni a la Ley del Funcionario Público, aquellas personas que, con carácter eventual o para la prestación de servicios específicos o especializados, se vinculen contractualmente con el Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad, estando sus derechos y obligaciones regulados en el respectivo contrato y ordenamiento legal aplicable y cuyos procedimientos, requisitos, condiciones y formas de contratación se regularán por las normas correspondientes”.