DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017

Fecha: 27-Ene-2017

incompatibles

Respecto a los arts. 94, 95, 96, 97 y 99 del proyecto de la Carta Orgánica; la antes referida Declaración Constitucional Plurinacional, falló de la siguiente manera: “El art. 94, 95, 96, 97 y 99 del proyecto de la carta orgánica referido a patrimonio municipal, bienes de dominio público municipal bienes patrimoniales municipales, bienes de patrimonio institucional, administración de patrimonio son incompatibles con la Constitución Política del Estado, en su integridad, toda vez el art. 339.II de la CPE, señala: ‘Los bienes de patrimonio del Estado y de las entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecho particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición, registro obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por la ley’; en ese entendido la carta orgánica no puede clasificarlos como bienes de dominio público, por ser esta atribución del nivel central del estado a través de una reserva de ley(las negrillas corresponden al texto original).