DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017

Fecha: 27-Ene-2017

art. 81.VI

Con referencia al parágrafo VI del art. 81 del proyecto de Carta Orgánica; la antes citada Declaración Constitucional Plurinacional, falló en el siguiente sentido: “El art. 81.VI del proyecto de la carta orgánica, referido a salud indica: ‘El Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad mediante Ley Municipal regulará el ejercicio de su competencia en salud, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado y la Ley’. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en su en su integridad, toda vez que conforme al art. 299.II.2 de la CPE, indica como competencia concurrente la gestión de salud, razón por la cual al ser de esta naturaleza la competencia; conforme al art. 297.I.3 de la CPE, que indica: ‘Concurrentes, aquellas en las que la legislación corresponde al nivel central del Estado y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva’, por ello no es posible una ley municipal en la materia salud” (las negrillas pertenecen al texto original).