CONTROVERSIA PREVISTA EN LA FRACCIÓN XX DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN NÚMERO 1/2007. MINISTRO MARIANO AZUELA GÜITRÓN, ENTONCES PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y DEL CONSEJO DE LA JUDICA
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA PREVISTA EN LA FRACCIÓN XX DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN NÚMERO 1/2007. MINISTRO MARIANO AZUELA GÜITRÓN, ENTONCES PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y DEL CONSEJO DE LA JUDICA

Fecha: 31-Dic-2004

A Suprema Corte De Justicia

"Ha quedado asentado durante estas últimas reformas el espíritu innovador y específicamente de adecuación a los cambios que hoy la sociedad exige a fin de que exista una pronta impartición de la justicia, pero sobre todo el acercar a los tribunales encargados para su ejercicio, a la población de bajos recursos económicos, por ello la reforma judicial emprendida busca fortalecer y mejorar la calidad de la impartición de la misma, dando para ello plena fuerza y autonomía al Órgano Máximo del Poder Judicial: la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, a través de la modificación de su organización interna, su funcionamiento, su integración y su competencia.

"Por eso reiteramos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe mantener un papel fundamental en la vida del país, a fin de garantizar a todos, mayoría o minorías, que en la diversidad de México las acciones del Estado sean acordes con los principios constitucionales que en un Estado de derecho todos, absolutamente todos, debemos observar

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