SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2005-R
Fecha: 10-May-2005
i)
El abogado del corecurrido Alfredo Jaimes, sostuvo que: i) el art. 4 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional establece que las faltas no solamente alcanzan a los que están en servicio sino también a quienes no lo están y al sector pasivo, jubilados; ii) si el recurrente sostiene que la Resolución Suprema (RS) 222266 es atentatoria a las garantías constitucionales debió interponer recurso de inconstitucionalidad; iii) el Reglamento establece que el fiscal puede seguir de oficio la investigación y que el Tribunal Disciplinario puede apartarse de la acusación del Fiscal, ampliando el auto de procesamiento. Es así que se inició este proceso por agresiones y la Resolución final se dictó por otro artículo, otra falta prevista en el art. 6 inc. B) numeral 27 del citado Reglamento; iv) el art. 137 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional, señala que iniciado el proceso no hay otra forma de terminar éste sino es a través de la resolución final.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- las pruebas analizadas no son suficientes para generar convicción de autoría y responsabilidad por la comisión de la falta que se le acusa
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- 3)
- 4)
- Fragmento 11
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- Fragmento 25
- II.15.
- III.1.
- entre otras
- III.2.1.
- cuando se le impone una sanción administrativa y otra penal pese a existir las identidades antes anotadas
- una relación jurídica diferente entre sancionador y sancionado.
- fundamento
- naturaleza diferente
- responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil o penal
- y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público
- III.2.2.
- Fragmento 37
- de las faltas graves
- III.2.3.
- hechos
- agresión entre miembros de la Institución,
- sin que exista una parte denunciante
- resueltos todos los incidentes
- toda cuestión incidental que se haya diferido
- Fragmento 45
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- verdad histórica del hecho,
- oficialidad y búsqueda de la verdad histórica del hecho
- III.7.
- lo que la defensa no objetó
- Rectificada como fue la posición del Fiscal se corre traslado de las pruebas ofrecidas
- podrán excusarse
- o a pedido de parte
- decisión personal
- III.10.
- “ARTICULO 362º.- (CONGRUENCIA).-
- por un hecho o circunstancias distintas
- 1. Libertad del juez para variar la tipificación.
- 2. Prohibición para cambiar la tipificación.