SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2005-R

Fecha: 10-May-2005

i)

El abogado del corecurrido Alfredo Jaimes, sostuvo que: i) el art. 4 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional establece que las faltas no solamente alcanzan a los que están en servicio sino también a quienes no lo están y al sector pasivo, jubilados; ii) si el recurrente sostiene que la Resolución Suprema (RS) 222266 es atentatoria a las garantías constitucionales debió interponer recurso de inconstitucionalidad; iii)  el Reglamento establece que el fiscal puede seguir de oficio la investigación y que el Tribunal Disciplinario puede apartarse de la acusación del Fiscal, ampliando el auto de procesamiento. Es así que se inició este proceso por agresiones y la Resolución final se dictó por otro artículo, otra falta prevista en el art. 6 inc. B) numeral 27 del citado Reglamento; iv) el art. 137 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional, señala que iniciado el proceso no hay otra forma de terminar éste sino es a través de la resolución final.