SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2005-R
Fecha: 10-May-2005
las pruebas analizadas no son suficientes para generar convicción de autoría y responsabilidad por la comisión de la falta que se le acusa
Con las pruebas testificales, el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, emitió su Resolución final, señalando que las pruebas analizadas no son suficientes para generar convicción de autoría y responsabilidad por la comisión de la falta que se le acusa, sin embargo, subsumen su conducta al art. 6 inc. b) numeral 27 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional, imponiéndole una sanción de pérdida de un año de antigüedad, cuando debieron haberle declarado absuelto; pues durante la sustanciación del juicio oral, la Fiscalía no pudo demostrar su culpabilidad, no asumió la carga de la prueba, sancionándole con la imposición de una Resolución condenatoria sin encontrar los elementos necesarios que constituyen el tipo de la falta disciplinaria.
Finalmente, sostiene que el Tribunal Disciplinario Superior sólo puede juzgar hechos tipificados en el art. 6 inc. D; pero lo sancionó por la supuesta comisión de una falta que a ellos no les compete conocer, agravando su situación al haber sido juzgado en única instancia, vulnerando su derecho a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior y a la presunción de inocencia, pues fue sancionado sin contar con los elementos necesarios que constituyan el tipo de la falta disciplinaria.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- las pruebas analizadas no son suficientes para generar convicción de autoría y responsabilidad por la comisión de la falta que se le acusa
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- 3)
- 4)
- Fragmento 11
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- Fragmento 25
- II.15.
- III.1.
- entre otras
- III.2.1.
- cuando se le impone una sanción administrativa y otra penal pese a existir las identidades antes anotadas
- una relación jurídica diferente entre sancionador y sancionado.
- fundamento
- naturaleza diferente
- responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil o penal
- y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público
- III.2.2.
- Fragmento 37
- de las faltas graves
- III.2.3.
- hechos
- agresión entre miembros de la Institución,
- sin que exista una parte denunciante
- resueltos todos los incidentes
- toda cuestión incidental que se haya diferido
- Fragmento 45
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- verdad histórica del hecho,
- oficialidad y búsqueda de la verdad histórica del hecho
- III.7.
- lo que la defensa no objetó
- Rectificada como fue la posición del Fiscal se corre traslado de las pruebas ofrecidas
- podrán excusarse
- o a pedido de parte
- decisión personal
- III.10.
- “ARTICULO 362º.- (CONGRUENCIA).-
- por un hecho o circunstancias distintas
- 1. Libertad del juez para variar la tipificación.
- 2. Prohibición para cambiar la tipificación.