La Magistrada que suscribe el presente voto disidente, considera que la SCP 1050/2013 de 28 de junio, en virtud al principio de conservación de la norma, debió declarar la constitucionalidad condicionada a una interpretación acorde al Bloque de Const
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La Magistrada que suscribe el presente voto disidente, considera que la SCP 1050/2013 de 28 de junio, en virtud al principio de conservación de la norma, debió declarar la constitucionalidad condicionada a una interpretación acorde al Bloque de Const

Fecha: 28-Jun-2013

4.8.  La activación del control normativo de constitucionalidad en el caso concreto

En la especie, en la sustanciación de una causa administrativa disciplinaria, se activa el control normativo de constitucionalidad, demandándose la inconstitucionalidad del art. 22.a) del DS 29190, que aprueba las NB SABS, peticionándose también la declaratoria de inconstitucionalidad delDocumento Base de Contratación, en su inciso f) del numeral 3.2 de la Parte 1, Sección 1, por vulnerar los derechos al trabajo, ejercicio de actividades comerciales y presunción de inocencia.