La Magistrada que suscribe el presente voto disidente, considera que la SCP 1050/2013 de 28 de junio, en virtud al principio de conservación de la norma, debió declarar la constitucionalidad condicionada a una interpretación acorde al Bloque de Const
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La Magistrada que suscribe el presente voto disidente, considera que la SCP 1050/2013 de 28 de junio, en virtud al principio de conservación de la norma, debió declarar la constitucionalidad condicionada a una interpretación acorde al Bloque de Const

Fecha: 28-Jun-2013

debe colegirse que la seguridad jurídica en el Estado Plurinacional de Bolivia, se configura como un principio con las tres funciones desarrolladas precedentemente, en esta perspectiva, la seguridad jurídica, tiene una génesis directa en los valores igualdad y justicia, por lo tanto, en particular en su rol fundamentador del orden social, asegurará que los actos de la vida social, incluidos los normativos, sean interpretados en un sentido en el cual, se asegure un trato igual acorde con los postulados del Estado Constitucional de Derecho, evitando así discriminaciones de cualquier naturaleza que confluyan en una situación injusta o desigual.

Por lo señalado, debe colegirse que la seguridad jurídica en el Estado Plurinacional de Bolivia, se configura como un principio con las tres funciones desarrolladas precedentemente, en esta perspectiva, la seguridad jurídica, tiene una génesis directa en los valores igualdad y justicia, por lo tanto, en particular en su rol fundamentador del orden social, asegurará que los actos de la vida social, incluidos los normativos, sean interpretados en un sentido en el cual, se asegure un trato igual acorde con los postulados del Estado Constitucional de Derecho, evitando así discriminaciones de cualquier naturaleza que confluyan en una situación injusta o desigual.