DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014

Fecha: 10-Ene-2014

Asambleístas Municipales

En atención a los fundamentos constitucionales expuestos, la denominación de “Asambleístas Municipales” no se encuentra prevista o reconocida constitucionalmente, para designar a los miembros del órgano deliberante municipal, sino, la denominación fijada para estos servidores públicos es el de “Concejales y Concejalas Municipales”. Consiguientemente, el art. 18.I del proyecto de Carta Orgánica, en cuanto a la denominación “Las y los Asambleístas” resulta incompatible con la Constitución Política del Estado.