DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014

Fecha: 10-Ene-2014

comprenden minerales

El art. 298.II.4 de la CPE, establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado los “recursos naturales estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua”, en concordancia, la misma Ley Fundamental en su art. 348, establece que los minerales en todos sus estados comprendido entre los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país.